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El Esquema Nacional de Seguridad es una norma legal que pretende garantizar la seguridad de los sistemas de información de las entidades de su ámbito de aplicación, la información tratada y los servicios prestados, mientras que el Reglamento de Protección de Datos Personales persigue la protección de los derechos de los titulares de los datos personales, singularmente su derecho a la protección de datos.

Sin embargo, desde un punto de vista práctico, ambas normas persiguen dotar a los sistemas de la seguridad de la suficiente para alcanzar sus objetivos. Por ello, no sólo no son incompatibles, sino que son complementarios y el cumplimiento de una de ellas facilita el cumplimiento de la otra. Así lo señala la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales que, en su disposición adicional primera, obliga a determinados responsables a aplicar a los tratamientos de datos personales las medidas de seguridad que correspondan de las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad, así como impulsar un grado de implementación de medidas equivalentes en las empresas o fundaciones vinculadas a los mismos sujetas al Derecho privado.

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Rev:2019 2023 / 0205
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