(ES) ENS - ÁMBITO DE APLICACIÓN - ALCANCE E IMPLANTACIÓN DEL ENS
- SIUV - Qualitat i Comunicació
- Carla Garrido Zanón
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El Esquema Nacional de Seguridad, tal y como está recogido en su art. 2, resulta de aplicación a las entidades del sector público, a las entidades del sector privado que les presten servicios competenciales y, en general, a la cadena de suministro de estas últimas, en la medida que un análisis de riesgos previo así lo determine.
Además, hay que recordar que las medidas del ENS son asimismo de aplicación para aquellas entidades que determina la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y garantías de los derechos digitales, cuando se realicen tratamientos de datos personales.
Por último, el ENS también es de aplicación a los sistemas que tratan información clasificada, pudiendo resultar necesario adoptar medidas complementarias de seguridad, específicas para dichos sistemas que asimismo están sujetos a la Ley 9/1968, de 5 de abril, de Secretos Oficiales (LSO), y las derivadas de los compromisos internacionales contraídos por España, o consecuencia de su pertenencia a organismos o foros internacionales.
- (ES) ENS - ¿Es aplicable el ENS a los Hospitales públicos? ¿Y a las Universidades públicas?
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- (ES) ENS - ¿Cuándo un sistema no estaría comprendido dentro del ámbito de aplicación del ENS?
- (ES) ENS - Un sistema de back-office ¿quedaría dentro del alcance del ENS?
- (ES) ENS - ¿Sirve el ENS para proteger la información que pudieran llegar a intercambiarse varios Sistemas de Información?
- (ES) ENS - ¿Quedarían excluidos del ámbito de aplicación del ENS aquellos sistemas no relacionados con los ciudadanos stricto sensu como, por ejemplo, los implicados en la gestión de recursos humanos (función pública)?
- (ES) ENS - ¿Se considerarían incluidos en el ámbito del ENS medios como la atención telefónica?
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- (ES) ENS - ¿Es el ENS de obligado cumplimiento para todas las Administraciones Públicas?
- (ES) ENS - ¿Cuáles son las medidas de seguridad que deben adoptar los proveedores externos que proporcionen servicios informáticos a las AA.PP.?,
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- (ES) ENS - Los Colegios Profesionales, ¿están sujetos a lo dispuesto en el ENS?
- (ES) ENS - ¿Cuál es el "órgano superior" al que se alude en el ENS (art. 11 y Disposición Transitoria)?
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Rev: | 2023 / 05 |
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SERVEI D'INFORMÀTICA - UNIVERSITAT DE VALÈNCIA - www.uv.es/siuv