(ES) ENS - ¿Contempla el ENS algún mecanismo de auditoría?

El ENS alienta y propicia una gestión continua de la seguridad. Todas las actuaciones deben estar formalizadas permitiendo una auditoría de la seguridad, prevista en el artículo 34 del ENS


Esta auditoría de la seguridad se describe en el Anexo III del ENS, indicándose que la seguridad de los sistemas de información – que debe estar formalizada por medio de un sistema de gestión de seguridad de la información- debe ser auditada, al menos cada dos años, para las categorías media y alta.

Como resultado de esta auditoría, se determinarán las posibles deficiencias existentes y deberán ponerse en marcha las correspondientes acciones correctoras por el Responsable de Seguridad.










































SERVEI D'INFORMÀTICA - UNIVERSITAT DE VALÈNCIA